CIRBE
Consulta y Rectificación de Deudas
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Por qué es mejor hacerlo con el soporte de un despacho especializado?
Como despacho nos ajustamos a la ley y damos los pasos necesarios para que nos envíen correctamente los informes completos para lograr así la rectificación de los apuntes que no se ajusten a derecho.
¿Qué es la Cirbe y que obtengo con este servicio?
Al solicitar este servicio obtienes un informe detallado por parte del la Central de Información de Riesgos del Banco de España (siglas Cirbe) de todos los préstamos hipotecarios y personales que se tienen como titular o como avalista, cuyo importe sea superior a 6.000€.
Además l servicio lleva incluido un asesoramiento especializado al cliente en el análisis de las deudas que arroje el informe, ya que muchos deudas no se ajustan a derecho, los importes son erróneos, el acreedor ya no existe con la denominación que figura, se ha cambiado de acreedor, la deuda esta judicialmente reclamada o ante consumo y no se ha dado la baja cautelar.
Hay muchos motivos para dar de baja las deudas de los ficheros de forma legal.
¿En que tiempo obtengo el Informe Cirbe?
Una vez tenemos el fichero que se tiene en máximo 24 horas se le envía al cliente.
Para que se de este plazo hay que tramitar previamente el Certificado Digital
¿Y la rectificación cuanto cuesta?
100 € por cada deuda (INCLUYE TODOS LOS ESCRITOS, SEGUIMIENTO Y BAJA ADEMÁS DEL ASESORAMIENTO PERSONALIZADO POR CADA DEUDA Y MEJOR RUTA A SEGUIR).
¿Tienen Enrutatudeuda algún Plan de Pago?
Sí, EN ESTE SERVICIO OFRECEMOS PLANES DE PAGO DESDE 50 EUROS AL MES SEGÚN VOLUMEN DE DEUDA.
¿Cuanto puede durar el proceso de rectificación de deudas en Cirbe?
Las rectificaciones quedan grabadas al momento de enviar los escritos tiene plazos de resolución por ley de 90 días, ya que les dan a los bancos el plazo para acreditar la deuda y responder a los escritos, sin embargo el cliente ya se le da de baja cautelar en 15 días de las deudas reclamadas a espera de aportación de pruebas de la entidad, si no se acredita o no existe la deuda la baja es definitiva, si se acredita al 3ro o 4to mes la vuelven a incluir.
Al igual que con los ficheros las deudas que estén en CIRBE se pueden negociar con los acreedores posteriormente y una vez llegado a acuerdo extrajudicial se da de baja a la deuda, si la negociación es intrajudicial y hay recursos interpuestos se pide la baja cautelar hasta que haya sentencia.
Testimonios

COMUNICADO IMPORTANTE : Treban Consultores y Enrutatudeuda, nunca solicitarán llamadas a números 800. Advertimos de empresas que utilizan estos números para estos servicios que no tienen ninguna relación con nuestros despachos y servicios, somos una empresa regulada por consumo y con profesionales inscritos en el ministerio de justicia, asociación española de mediación y estamos adheridos a la junta arbitral de consumo.
Este Servicio está dividido en 2 Fases:
En la primera fase (consulta del fichero), se solicitan los informes detallados de las entidades, importe actualizado, situación de la deuda y del deudor ante la deuda, avalistas, prestamos disponibles y todos los códigos del Banco de España que nos permiten tomar decisiones y comprobar que la deuda se ajusta a derecho.
En la segunda fase (rectificación): Una vez tenemos el informe, sabremos con exactitud las deudas inscritas y podemos optar por la rectificación de aqueyas deudas que no se ajusten a derecho o estén reportadas por acreedores que ya no tienen la capacidad de cobro por haberse vendido la deuda a un tercero “Fondo Buitre” que no tienen posibilidad de inscribir deudas en el Banco de España a no estar catalogadas como instituciones financieras.
Proceso:
1. Rellenar el Formulario donde nos autoriza tanto a solicitar el «certificado digital» como posteriormente a utilizarlo para la solicitud de su Informe Cirbe y a gestionar cualquier rectificación de deudas si es su caso.
2.Enviarnos el certificado digital si ya lo tiene, no necesita hacer los pasos siguientes (3 y 4). Si no lo posee, una vez que recibimos su formulario de Autorización procedemos a solicitarlo.
3. Enviamos un e-mail al cliente, el cual debe imprimir y presentarlo en el ayuntamiento más cercano u oficina de la seguridad social o cualquier otra acreditada para generarlo(tramite presencial obligatoriamente). la oficina de Registro del Ayuntamiento para solicitar la acreditación de su identidad digital.
4. Al completar los pasos anteriores procedemos a descargar el certificado digital para posteriormente solicitar su CIRBE.