Queremos extender a todos nuestros clientes y personas interesadas en la ley de la segunda oportunidad que ya está publicado en el BOE el del RDL 16/20 que emana del Real Decreto Legislativo 1/2020 por el que se aprueba el texto refundido de la ley concursal, el cual es una buena noticia para los deudores que se acogen a la Ley, ya que agiliza los trámites de AEP (Acuerdo Extrajudicial de Pago), limitando la solicitud de mediadores rechazados a 2, cuando antes no quedaba claro y cada notaria o registro mercantil lo hacía según sus normas internas, demorando muchas veces esta fase extrajudicial y alargando el proceso. El CAPITULO II, artículo 17 de este RDL expresa por fin claramente: “Agilización de la tramitación del acuerdo extrajudicial de pagos. Durante el año siguiente a la declaración del estado de alarma se considerará que el acuerdo extrajudicial de pagos se ha intentado por el deudor sin éxito, si se acreditara que se han producido dos faltas de aceptación del mediador concursal para ser designado, a los efectos de iniciar concurso consecutivo, comunicándolo al Juzgado”. Lo que quiere decir que se abre la puerta a pasar a fase judicial o de concurso más rápidamente limitando la solicitud de mediadores a dos y dejando aclarado este punto que muchos jueces lo interpretaban a su manera. Además el texto estructura mejor el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad y sobre todo la fase del BEPI o Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho. Es el momento perfecto para que todos aquellos deudores de buena Fe que aún no conocen o no se han acogido a la Ley, emprendan este camino con nosotros, dentro de toda la situación actual nos encontramos con avances dentro del sistema judicial que darán salida y soluciones a los deudores, autónomo, empresas, familias y particulares. Enrutatudeuda es el 1er despacho de gestión integral de las deudas y somos especialistas en la ley de la segunda oportunidad.
Ley de Segunda Oportunidad
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